La ciudadanía italiana se basa en el principio del «ius sanguinis», en virtud del cual es italiano el hijo nacido de padre italiano o madre italiana.
Por línea paterna: la ciudadanía se transmite de padre a hijo sin límites de generación.
Por línea materna: la transmisión de la ciudadanía es posible sólo para los hijos nacidos después del 1º de enero del 1948 (fecha de entrada en vigor de la Constitución italiana).
En ambos casos no se admiten saltos de generación.
Se necesita un periodo mínimo de residencia de 12 meses.
La residencia se demuestra presentando los siguientes documentos:
- Un documento valido con foto reconocible (DNI, Cedula del Mercosur o Passaporto).
- Se tendrá que presentar una boleta reciente de un servicio (gas, electricidad, teléfono, etc.) a nombre del interesado
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