Procedimiento declaración de conservación de la nacionalidad española.

Para quienes ostenten la nacionalidad española o bien hayan nacido fuera de España.

O sus padres hayan nacido fuera de España, o hayan nacido después del 8 de enero de 1985.

O bien hayan cumplido los 18 años y todavía no hayan cumplido los 21 
deberán declarar que desean conservar la nacionalidad española.

De no hacerlo, la perderán.

Si se encuentra en esta situación acuda a la mayor brevedad a la Sección de Registro Civil del Consulado General de España en Buenos Aires (Guido 1760) sin cita previa para efectuar dicha declaración.

Fuente: Consulado General de España en Buenos Aires

Alejandro Malagamba y Claudia Llanos