Con el fin de impedir que la COVID-19 continúe propagándose, la Comisión Europea ha recomendado prolongar, de momento hasta el 30 de junio de 2020, las restricciones ya vigentes para todos los viajes no esenciales de terceros países hacia la UE. Alemania pondrá en práctica esta recomendación.

Relaciones Internacionales – Maria Claudia Llanos y Alejandro Malagamba

Regirán las siguientes excepciones a las restricciones de viaje para:

  1. nacionales de los Estados miembros de la UE, de los Estados asociados de Schengen (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), de Gran Bretaña, así como los familiares respectivos que regresen a su lugar de residencia;
  2. nacionales de terceros Estados en posesión de un derecho de permanencia de larga duración en un Estado miembro de la UE y/o los Estados arriba mencionados (título de permanencia o visado a largo plazo, por ejemplo, por motivos de estudios o para acceder a un empleo), siempre que estén de regreso a su lugar de residencia habitual;
  3. nacionales de terceros Estados que tengan funciones o necesidades esenciales, lo que abarca las siguientes personas:
  • personal del sector de la salud y la investigación sanitaria, profesionales de enfermería,
  • trabajadores transfronterizos, personal encargado de transporte relacionado con la circulación de mercancías y otros sectores necesarios,
  • diplomáticos, colaboradores de organismos internacionales, personal militar, ayudantes humanitarios que estén en el ejercicio de sus funciones,
  • pasajeros en tránsito,
  • pasajeros que viajen por motivos familiares imperativos,
  • personas que precisen protección internacional o por otros motivos humanitarios.

A partir del 1 de julio de 2020 está previsto ampliar adicionalmente las excepciones a las restricciones fundamentales de entrada a la UE como sigue:

está previsto que se permita la entrada a los ciudadanos de la UE, los ciudadanos  de los Estados asociados de Schengen (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), los ciudadanos de Gran Bretaña, así como a los nacionales de terceros Estados residentes en la UE, a la vez que sus familiares respectivos, independientemente de que regresen o no a su lugar de residencia.

está previsto ampliar las categorías en que se dividen los nacionales de terceros Estados que tengan funciones o necesidades esenciales mediante la inclusión de:

nacionales de terceros Estados que viajen por motivos de estudios y

personal especializado de terceros Estados, siempre que su contratación sea necesaria desde un punto de vista económico y su trabajo no pueda aplazarse o efectuarse desde el extranjero.

Información adicional respecto a los viajes en el interior de la UE:

El 10 de junio de 2020 el Gobierno Federal acordó suprimir al término del 15 de junio de 2020 los controles que debido a la pandemia fueron restablecidos temporalmente en las fronteras interiores de Austria, Suiza, Francia, Italia y Dinamarca. Los controles efectuados en las fronteras aéreas  interiores de España se suprimirán al término del 20 de junio de 2020.

Por tanto, a partir del 16 de junio de 2020 ya no se requerirá ninguna razón válida para entrar a Alemania desde los países mencionados anteriormente; en el caso de España esto será a partir del 21 de junio de 2020.

En la frontera de Luxemburgo los controles fronterizos se suprimieron ya al término del 15 de mayo de 2020.

Normativa sobre la observancia de la cuarentena para viajeros que ingresen o regresen al país:

La Federación y los Länder (Estados Federados) acordaron los aspectos fundamentales de una normativa unificada para viajeros que ingresen o regresen al país. Para mayor información (p. ej. también en inglés) y para consultar el texto modelo, visite las páginas web del Ministerio Federal de Relaciones Exteriores y del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Cohesión Territorial; para consultar la implementación concreta de las medidas en los distintos Estados Federados se ruega consultar las páginas web de los respectivos ministerios de sanidad.