Procedimiento declaración de conservación de la nacionalidad española.
Para quienes ostenten la nacionalidad española o bien hayan nacido fuera de España.
O sus padres hayan nacido fuera de España, o hayan nacido después del 8 de enero de 1985.
O bien hayan cumplido los 18 años y todavía no hayan cumplido los 21
deberán declarar que desean conservar la nacionalidad española.
De no hacerlo, la perderán.
Si se encuentra en esta situación acuda a la mayor brevedad a la Sección de Registro Civil del Consulado General de España en Buenos Aires (Guido 1760) sin cita previa para efectuar dicha declaración.
Fuente: Consulado General de España en Buenos Aires
Alejandro Malagamba y Claudia Llanos
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